Reducción de penas para dos Olavarrienses por cambio de calificación penal

Reducción de penas para dos Olavarrienses por cambio de calificación penalDos olavarrienses previamente condenados por abigeato agravado han visto sus penas reducidas luego de que la calificación del delito fuera cambiada a robo simple por la Casación.

En agosto de 2020, Miguel Ángel Ábalos y Luciano Agustín Ferro mataron y carnearon dos terneros en un campo de Olavarría. Inicialmente, ambos fueron condenados en diciembre de 2023 por abigeato agravado, recibiendo Ábalos seis años de prisión y Ferro cinco años. Sin embargo, el Tribunal de Casación Penal provincial, en respuesta a una apelación, ha reclasificado el delito como robo simple, llevando a una reducción de las penas.

Martín Céspedes, juez del Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul, ajustó las penas tras el fallo de Casación. Ábalos recibió una pena de tres años de prisión efectiva, mientras que Ferro fue sentenciado a dos años y seis meses de prisión condicional. Este cambio se debió a que los jueces de Casación, Víctor Violini y Fernando Luis María Mancini, determinaron que el delito no constituía abigeato agravado ya que los animales habían sido matados y no robados vivos.

La defensa, liderada por Gustavo Emiliozzi, argumentó que el abigeato implica el apoderamiento de animales vivos. Los jueces de Casación aceptaron este argumento, destacando que el apoderamiento de partes de animales muertos no cumple con los requisitos del delito de abigeato según el artículo 183 del Código Penal. Esta interpretación cambió la calificación del delito a robo simple, pues los animales fueron muertos y desmembrados en el lugar.

El incidente ocurrió entre el 25 y 26 de agosto de 2020, cuando Ábalos y Ferro mataron dos terneros de raza Angus en un campo cercano a la Ruta 226. Se llevaron los principales cortes de carne, dejando restos como vísceras y cabezas en el lugar. Este acto fue inicialmente calificado como abigeato agravado debido a la naturaleza violenta del acto.

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